NUÑEZ, MYRIAM c/ UNION OBRERA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y OTRO s/DESPIDO
La trabajadora promovió demanda por despido y otros créditos laborales. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia, confirmando la decisión de primera instancia de declarar ilegítimo el despido e imponer el pago de indemnizaciones, y modificando algunos aspectos relativos al cálculo de intereses y honorarios profesionales.
¿Quién es el actor?
Myriam Núñez
- Demandadas: Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina y Well Being S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de indemnizaciones por despido y otros créditos laborales
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el pronunciamiento de primera instancia que había admitido sustancialmente la demanda, pero modificó parcialmente la sentencia en cuanto al cálculo de intereses moratorios y la regulación de honorarios. La Cámara consideró que la comunicación de despido de la empleadora no cumplía con los requisitos del art. 243 de la LCT y que tampoco se acreditaron los incumplimientos imputados a la trabajadora como justa causa. Por ello, confirmó que el despido fue ilegítimo. En cuanto a los intereses, la Cámara resolvió que los mismos debían devengarse conforme la Tasa Nominal Anual para Préstamos Libre Destino del Banco Nación, capitalizándose una única vez al momento de la notificación de la demanda. Respecto a los honorarios, la Cámara los redujo para la representación de la empleadora al 12% y los elevó para la representación de la trabajadora y el perito al 16% y 6% respectivamente.
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