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BONILLO, FERNANDO MARIO c/ ACC GROUP S.A. Y OTRO s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido directo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y aplicó una tasa de interés más elevada para mantener incólume el crédito del trabajador.

Intereses Indemnizacion Indexacion Poder adquisitivo Despido Seclo Credito laboral Art 80 lct Decreto 146 01 Art 45 ley 25 345 Acta 2764 Acta 2658 Acta 2601 Acta 2630

Despido directo

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia, rechazando la multa del art. 80 LCT pero aplicando la tasa de interés del Acta 2764 de la CNAT para preservar el valor adquisitivo del crédito del trabajador. La Cámara consideró que las tasas de interés aplicadas en primera instancia desvalorizaban el crédito laboral, por lo que consideró razonable aplicar la tasa más elevada del Acta 2764. Los fundamentos principales de la Cámara fueron:
- El reclamo ante el SECLO cumple con el requisito del art. 3 del decreto 146/01 reglamentario de la ley 25.345, por lo que corresponde la multa del art. 80 LCT. Sin embargo, la Cámara no aplicó dicha multa para evitar un "dispendio jurisdiccional" dada la postura mayoritaria en contra.
- Respecto a los intereses, la Cámara consideró que aplicar las tasas de las Actas 2601, 2630 y 2658 o de primera instancia generaría una desvalorización del crédito laboral frente a la inflación. Por ello, aplicó la tasa más elevada del Acta 2764 para mantener incólume el valor del crédito.
- La Cámara fundamentó la aplicación del Acta 2764 en la necesidad de preservar el poder adquisitivo del crédito laboral y evitar que el proceso judicial implique una pérdida para el trabajador.

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