PEREIRO, GRACIELA SILVIA c/ SPEED CENTRE S.R.L.. Y OTRO s/DESPIDO
La trabajadora promovió demanda por despido contra su empleadora nominal y el laboratorio para el que prestaba servicios. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó parcialmente la sentencia y condenó solidariamente al laboratorio por ser responsable solidario de las obligaciones laborales de la trabajadora.
- Actora: Graciela Silvia Pereiro
- Demandados: Speed Centre S.R.L. y Laboratorio Elea Phoenix S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Demanda por despido
¿Qué se resolvió?
Se modifica la sentencia de primera instancia y se condena solidariamente al Laboratorio Elea Phoenix S.A. por ser responsable solidario de las obligaciones laborales de la trabajadora.
Fundamentos relevantes:
- El Laboratorio Elea Phoenix S.A. era solidariamente responsable de las obligaciones laborales de la trabajadora, ya que las tareas de seguridad que ella prestaba en el laboratorio formaban parte de la actividad normal y específica de este.
- La trabajadora prestaba servicios de seguridad y vigilancia de manera habitual en el establecimiento del Laboratorio Elea Phoenix S.A., siguiendo las pautas y directrices de este.
- El Laboratorio no acreditó haber cumplido con sus obligaciones frente a la trabajadora, por lo que se le atribuye la responsabilidad solidaria.
- Respecto a los intereses, se aplica el criterio establecido en el Acta 2764 de la CNAT, con capitalización anual.
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