MEDINA, JUAN MANUEL c/ CULTIVOS LEONARDO QUADRINI S.R.L. ((REBELDÍA)) s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido injustificado. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción, aplicando la presunción legal ante la falta de contestación de la demanda.
Despido injustificado
¿Qué se resolvió?
Se confirma la sentencia que hizo lugar a la acción.
Fundamentos principales:
- La norma del art. 71 L.O. establece que si el demandado no contesta la demanda en el plazo previsto, se presumirán ciertos los hechos expuestos por el actor, salvo prueba en contrario, que no se produjo en este caso.
- La presunción de veracidad se proyecta sobre los hechos lícitos, normales, posibles y verosímiles denunciados en el inicio, sin requerir otro medio de prueba.
- Corresponde aplicar la capitalización anual de intereses desde la notificación de la demanda, conforme lo dispuesto en el art. 770 inc. b) del Código Civil y Comercial.
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