VILLAFAÑE, LAURA BEATRIZ c/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La actora promovió demanda por accidente de trabajo y obtuvo el reconocimiento de una incapacidad física parcial y permanente. La Cámara modificó la sentencia para reconocer también la existencia de un daño psicológico derivado del accidente.
Accidente de trabajo y daños (físicos y psicológicos)
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y reconoció una incapacidad psicológica del 5% además de la incapacidad física del 2,1% ya reconocida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El daño psicológico debe ser indemnizado en forma autónoma, independientemente de la existencia o magnitud del daño físico. El peritaje psicológico realizado fue sólido y fundado, y acreditó la existencia de un cuadro patológico relacionado causalmente con el accidente.
- La aseguradora debió acreditar la existencia de una condición preexistente, lo cual no hizo al no aportar el examen preocupacional.
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