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RETAMOZO, JUAN CARLOS c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó la sentencia respecto al cálculo de los intereses.

Capitalizacion de intereses Accidente de trabajo Proporcionalidad Actas cnat Art 770 y 771 ccyc

Accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, especialmente en lo relativo al cálculo de los intereses. La Cámara consideró que el art. 770 inc. b) del Código Civil y Comercial permite la capitalización de intereses cuando la obligación se demanda judicialmente. Por lo tanto, corresponde aplicar las tasas de interés previstas en las Actas CNAT Nros. 2601, 2630 y 2658, con capitalización anual a partir del 1° de agosto de 2015 según el Acta CNAT Nro. 2764. Sin embargo, la Cámara estableció que si la aplicación del Acta CNAT Nro. 2764 generara un resultado desproporcionado, corresponde aplicar el art. 771 del CCyC para ajustar el monto de la condena, tomando como parámetro la actualización por RIPTE más una tasa del 7% anual.

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