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PETITI, LUCAS DANIEL c/ CASA DE MONEDA SOC. DEL ESTADO s/DESPIDO

El actor promovió demanda por diferencias indemnizatorias derivadas de su despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda al entender que la gratificación abonada por la empleadora no debe computarse en la base salarial.

Indemnizacion por despido Derecho al trabajo Gratificacion Base salarial Fallo plenario tulosai

Diferencias en la indemnización por despido y otros créditos laborales

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El Tribunal consideró que la gratificación abonada por la empleadora no debe computarse para el cálculo de la indemnización por despido, de conformidad con la doctrina sentada en el fallo plenario "Tulosai".
- Si bien el juez Catani manifestó su disconformidad con la jurisprudencia plenaria, indicó que debe acatarla por ser de imperativo cumplimiento para la misma Cámara y los jueces de primera instancia.
- La Dra. Hockl adhirió al voto del Dr. Catani, con excepción a la disquisición efectuada respecto al fallo plenario "Tulosai", que acató.

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