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CABRERA RAMON LIBRIO c/ ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO LIDERAR SA s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia y eximió al Fondo de Reserva de la LRT de pagar costas y gastos causídicos.

Accidente de trabajo Responsabilidad de la aseguradora Costas y gastos causidicos Fondo de reserva lrt Decreto 1022 2017

Accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda. Fundamentos principales:
- El Fondo de Reserva de la LRT (administrado por la Superintendencia de Seguros de la Nación) solo responde por las prestaciones reconocidas en la Ley 24.557, excluyéndose las costas y gastos causídicos, conforme lo dispuesto en el Decreto 1022/2017.
- Respecto a las costas y gastos causídicos, éstos deberán tramitarse en el proceso de liquidación de la aseguradora ART Liderar S.A.
- Los honorarios de los profesionales intervinientes se consideran equitativos y se confirman.

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