CABRERA RAMON LIBRIO c/ ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO LIDERAR SA s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia y eximió al Fondo de Reserva de la LRT de pagar costas y gastos causídicos.
Accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda.
Fundamentos principales:
- El Fondo de Reserva de la LRT (administrado por la Superintendencia de Seguros de la Nación) solo responde por las prestaciones reconocidas en la Ley 24.557, excluyéndose las costas y gastos causídicos, conforme lo dispuesto en el Decreto 1022/2017.
- Respecto a las costas y gastos causídicos, éstos deberán tramitarse en el proceso de liquidación de la aseguradora ART Liderar S.A.
- Los honorarios de los profesionales intervinientes se consideran equitativos y se confirman.
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