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VALLEJOS, JONATAN MARIANO c/ ESTUDIO ML S.A. s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y redujo parcialmente el monto de condena.

Principio de congruencia Diferencias salariales Despido Incremento indemnizatorio Jornada laboral Pagos clandestinos

Despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y redujo el monto de condena a $ 250.358, manteniendo la imposición de costas a la demandada y elevando los honorarios del perito contador. Los fundamentos principales fueron:
- Respecto al "hecho nuevo" planteado por la demandada, la Cámara consideró que no constituía un "hecho nuevo" en los términos del art. 78 de la Ley Orgánica, por lo que confirmó la decisión de primera instancia.
- Sobre la jornada laboral, la Cámara consideró que al tratarse de un trabajador de "call center" con jornada de 36 horas, correspondía remunerar conforme a la categoría profesional prevista en el CCT, sin que proceda una remuneración proporcional a una jornada menor.
- En cuanto a los pagos clandestinos, la Cámara tuvo por acreditada su existencia en base a las declaraciones testimoniales.
- Sin embargo, la Cámara revocó la condena al pago del incremento indemnizatorio previsto en el art. 1 de la Ley 25.323, por considerar que el principio de congruencia impedía condenar por rubros no reclamados.

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