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ORELLANA, DANIEL FERNANDO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por incapacidad laboral derivada de un accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, reconociendo una incapacidad superior a la fijada originalmente.

Intereses Incapacidad laboral Nexo causal Accidente de trabajo Costas y honorarios Metodo de evaluacion

Incapacidad laboral por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia, reconociendo una incapacidad laboral del 15,86% en lugar del 16,07% fijado originalmente. Confirmó la condena a la demandada con la salvedad de los intereses. Los principales fundamentos de la decisión fueron:
- No se acreditó relación causal entre el accidente y una incapacidad psicológica, por lo que se rechazó este reclamo.
- Respecto del porcentaje de incapacidad física, correspondía calcular el total mediante la sumatoria directa de las secuelas, sin aplicar el método de la capacidad restante. Ello arrojaba un 15,86% de incapacidad, que fue confirmado en virtud del principio "non reformatio in pejus".
- Se modificó el cálculo de los intereses, disponiéndose que el crédito devengará intereses desde la fecha del siniestro hasta la notificación del recurso de apelación en sede administrativa, momento en el cual se procederá a su acumulación al capital.

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