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POBLETE, LUCAS MAURO c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La demandada apeló la sentencia que hizo lugar parcialmente a la demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la decisión y ordenó que el monto indemnizatorio se calcule según los parámetros de la ley 27.348, aplicando una tasa de interés puro.

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Indemnización por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Dispuso que el monto indemnizatorio se calcule de acuerdo a los parámetros de la ley 27.348, con una tasa de interés puro del 6% anual desde la fecha del accidente hasta la liquidación. Confirmó la imposición de costas a la demandada y los honorarios de los profesionales intervinientes. La Cámara consideró que corresponde aplicar el régimen especial de la ley 27.348 y el decreto 669/2019, desplazando la aplicación del Acta 2764/2022 de la CNAT. Estableció que el capital indemnizatorio debe actualizarse por el índice RIPTE y luego devengará un interés puro del 6% anual hasta el efectivo pago. También ordenó la capitalización de los intereses una vez establecido el monto definitivo.

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