POBLETE, LUCAS MAURO c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La demandada apeló la sentencia que hizo lugar parcialmente a la demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la decisión y ordenó que el monto indemnizatorio se calcule según los parámetros de la ley 27.348, aplicando una tasa de interés puro.
Indemnización por accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Dispuso que el monto indemnizatorio se calcule de acuerdo a los parámetros de la ley 27.348, con una tasa de interés puro del 6% anual desde la fecha del accidente hasta la liquidación. Confirmó la imposición de costas a la demandada y los honorarios de los profesionales intervinientes. La Cámara consideró que corresponde aplicar el régimen especial de la ley 27.348 y el decreto 669/2019, desplazando la aplicación del Acta 2764/2022 de la CNAT. Estableció que el capital indemnizatorio debe actualizarse por el índice RIPTE y luego devengará un interés puro del 6% anual hasta el efectivo pago. También ordenó la capitalización de los intereses una vez establecido el monto definitivo.
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