RIVADENEIRA, RAMON ANTONIO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor reclamó indemnización por incapacidad laboral derivada de enfermedades. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, actualizando el capital indemnizatorio según el régimen especial del Decreto 669/2019.
Indemnización por incapacidad laboral derivada de enfermedades profesionales
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la incapacidad psicofísica del 14,01% determinada en primera instancia, pero modificó lo relativo a los intereses, disponiendo que la indemnización se cuantifique conforme al régimen del Decreto 669/2019, con una tasa de interés puro del 6% anual.
Los principales fundamentos fueron:
- El informe pericial médico que determinó la incapacidad fue debidamente fundado y no se observaron omisiones relevantes.
- Corresponde aplicar el método de la "capacidad restante" debido a una previa incapacidad del actor reconocida en otra causa.
- El Decreto 669/2019 no puede ser considerado un decreto delegado válido, pero sí resulta aplicable como un régimen especial que actualiza la indemnización por evolución salarial (RIPTE) y complementa con un interés del 6% anual.
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