RODRIGUEZ, HERNAN PABLO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Trabajador accidentado reclama indemnización. La Cámara modifica la tasa de interés aplicable y ajusta los honorarios profesionales.
Indemnización por accidente laboral
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, aplicando la tasa de interés del art. 12 LRT según ley 27.348, y ajustó los honorarios profesionales.
Fundamentos relevantes:
"Ahora bien, tengo particularmente en cuenta que, conforme lo normado por el art. 20 de la ley citada -27.348
- las modificaciones previstas para el art. 12 de la ley 24.557 y sus modificatorias, se aplicarán a las contingencias cuya primera manifestación invalidante resulte posterior a la entrada en vigencia de la presente; es decir 05/03/2017, por lo que habiendo acontecido con posterioridad el accidente de marras (17/07/2021), corresponde revisar este aspecto de la queja."
"En cuanto a la regulación de honorarios de los profesionales actuantes en primera instancia, teniendo en cuenta el mérito y la extensión de las tareas desarrolladas y pautas arancelarias de aplicación (cfr. art. 1.255, CCCN, art. 38, ley 18.345 y cctes. de la ley arancelaria 27.423; cfr. CSJN, in re "Francisco Costa e Hijos Agropecuaria c/ Provincia de Buenos Aires s/daños y perjuicios", sentencia del 12/9/1996, publicada en Fallos: 319:1915 y "Establecimiento Las Marías SACIFA c/ Misiones Provincia s/ Acción declarativa", sentencia del 4/9/2018, Fallos: 341:1063), sugiero regular los emolumentos de las representaciones letradas de la parte actora, demandada y peritos médico y psicólogo en el 18%, 16%, 7% y 7%, respectivamente del monto de condena y que comprende la totalidad de sus trabajos."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: