COSTA, MARIA ANGELA c/ AEGIS ARGENTINA S.A. Y OTRO s/DESPIDO
La actora promovió demanda por diferencias salariales y despido injustificado. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y rechazó las diferencias salariales reclamadas, pero confirmó la condena al pago de una indemnización por incumplimiento de aportes al Seguro La Estrella.
Diferencias salariales y despido injustificado
¿Qué se resolvió?
Se rechazaron las diferencias salariales reclamadas por la actora, por considerar que la jornada máxima de 36 horas semanales convenida para la actividad de call center es la que corresponde retribuir. Se confirmó la condena al pago de una indemnización por incumplimiento de aportes al Seguro La Estrella. Se impuso la responsabilidad solidaria de Telecom Argentina S.A. de conformidad al art. 30 LCT.
Fundamentos relevantes:
- La jornada máxima de 36 horas semanales para la actividad de call center es la que corresponde retribuir, conforme al acuerdo convencional. No procede reclamar un salario por una jornada de 48 horas semanales.
- Telecom Argentina S.A. es responsable solidariamente por los créditos laborales, al ser la actividad de Aegis Argentina S.A. propia y específica de su giro comercial.
- Corresponde mantener la condena al pago de la indemnización por incumplimiento de aportes al Seguro La Estrella, al ser una obligación convencional incumplida por el empleador.
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