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ALEGRE, CLAUDIO ANDRES (3/2) c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor reclamó indemnización por incapacidad derivada de enfermedad profesional. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y estableció un nuevo método de cálculo del capital indemnizatorio.

Intereses Incapacidad laboral Actualizacion monetaria Accidente de trabajo Inconstitucionalidad Enfermedad profesional Capital indemnizatorio Dnu 669 19

Indemnización por incapacidad derivada de enfermedad profesional

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia para establecer que el capital indemnizatorio se calcule actualizando el monto fijado por primera instancia mediante RIPTE, con más interés del 6% anual desde el hecho hasta la liquidación, y luego interés equivalente a la tasa activa del Banco Nación. La jueza Hockl consideró inconstitucional el DNU 669/19 que intentaba modificar la fórmula de cálculo, pero adhirió al criterio mayoritario de la Sala por razones de celeridad procesal. Fundamentó que el capital se actualizará por RIPTE y se le adicionarán intereses moratorios.

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