BECCARI, JORGE EUCLIDES c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por enfermedad profesional. La Cámara modificó parcialmente la sentencia para aplicar una tasa de interés que compense mejor el deterioro del valor adquisitivo del crédito por la inflación.
Enfermedad profesional con primera manifestación invalidante el 1° de julio de 2019
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia para disponer que al capital nominal de condena de $1.464.874,42 se aplique la tasa de interés prevista en el art. 12 de la ley 24.557 (modificado por ley 27.348), con una única capitalización a la fecha de notificación de la demanda, conforme lo establecido en el art. 770 inc. b) del Código Civil y Comercial. Confirmó lo demás decidido en primera instancia.
Fundamentos principales:
- La tasa de interés del art. 12 de la ley 24.557 (modificado por ley 27.348) es el régimen legal aplicable al caso.
- La capitalización de intereses del art. 770 inc. b) del Código Civil y Comercial equilibra el valor real del crédito ante la inflación, sin alterar la tasa legal aplicable.
- La capitalización compensa la privación del capital sufrida por el acreedor y los efectos de la mora del deudor.
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