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TOLEDO JULIO LEANDRO c/ MAPFRE ARGENTINA ART S.A. s/OTROS RECLAMOS - DAÑOS Y PERJUICIOS

El actor promovió demanda por accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia ajustando la fecha de inicio de los intereses y los montos de los honorarios profesionales.

Intereses Tasa de interes Accidente laboral Honorarios profesionales Capitalizacion Cer Incapacidad permanente parcial definitiva

Indemnización por incapacidad permanente parcial definitiva derivada de accidente laboral.

¿Qué se resolvió?


- Se modifica la fecha de inicio del cómputo de los intereses sobre el capital de condena, que correrán desde el 11/11/2011.
- Se reduce los honorarios regulados al letrado del actor y a los peritos intervinientes.
- Se imponen las costas a la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Corte Suprema de Justicia de la Nación consideró inadecuada la capitalización periódica de intereses ordenada en el pronunciamiento apelado con sustento en el Acta Nro. 2764 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.
- Corresponde adecuar los créditos de acuerdo al Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) reglamentado por el BCRA, más una tasa pura del 6% anual, desde la fecha de exigibilidad hasta el efectivo pago.
- La única capitalización prevista en el art. 770 inc. b del CCyCN se producirá a la fecha de notificación de la demanda, exclusivamente sobre la tasa pura del 6% anual.
- Los honorarios regulados a la representación letrada de la parte actora y a los peritos intervinientes son excesivos, por lo que deben reducirse.

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