CASTILLA, GUSTAVO SANTIAGO c/ ALEM, SANTIAGO Y OTROS s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido y obtuvo sentencia favorable que fue confirmada en apelación. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo ratificó la existencia de una relación de dependencia y la responsabilidad solidaria de la codemandada principal.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. Estableció que existió una relación de dependencia entre el actor y la codemandada Delben S.R.L., y que las personas humanas y Pepsico Argentina S.R.L. son solidariamente responsables.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Se aplicó la presunción de existencia de contrato de trabajo prevista en el art. 23 LCT, la cual no fue desvirtuada por la demandada.
- Las tareas realizadas por el actor fueron una actividad inescindible de la principal de Pepsico Argentina S.R.L., por lo que corresponde su responsabilidad solidaria conforme el art. 30 LCT.
- Se adecuaron los intereses moratorios aplicando la tasa CER más un 6% anual desde la exigibilidad de cada crédito.
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