OSIMANI, MARIA FERNANDA c/ AGUMAR SERVICIOS TURISTICOS S.R.L. s/DESPIDO
La trabajadora impugnó el rechazo de su despido indirecto. La Cámara modificó la sentencia y condenó a la empleadora al pago de indemnizaciones por antigüedad, preaviso y el incremento por falta de registración.
¿Quién es el actor?
María Fernanda Osimani
¿A quién se demanda?
Agumar Servicios Turísticos S.R.L.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por despido indirecto
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia y acogió parcialmente el reclamo de la trabajadora. Consideró que la empleadora incurrió en injurias al desconocer la antigüedad acumulada por la trabajadora durante su prestación de servicios en la empresa cedente, lo que justificó el despido indirecto.
La Cámara condenó a la demandada al pago de indemnizaciones por antigüedad, preaviso y el incremento por falta de registración de la antigüedad, desestimando otros rubros reclamados.
Fundamentos relevantes:
- La comunicación del despido indirecto cumplió con los requisitos del art. 243 LCT al expresar con suficiente claridad los motivos de la ruptura contractual.
- No se acreditó la negativa a la dación de tareas ni el incumplimiento en el pago de salarios.
- La demandada reconoció la cesión del contrato desde Nouxtravel S.A., por lo que debía reconocer la antigüedad acumulada por la trabajadora en esa empresa, lo que no hizo.
- La falta de registro de la real antigüedad configuró una injuria que justificó el despido indirecto.
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