ENCISO, CATALINO c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por indemnización por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia para aplicar el régimen de actualización por RIPTE establecido en el decreto 669/19.
Indemnización por incapacidad laboral parcial y permanente derivada de accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda, pero modificó la tasa de interés aplicable. Ordenó que el capital indemnizatorio se actualice por el índice RIPTE desde la fecha de toma de conocimiento (Mayo 2020) hasta la liquidación definitiva, y se aplique un interés moratorio puro del 6% anual desde la fecha de toma de conocimiento hasta la liquidación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal consideró que el decreto 669/19 establece un régimen especial de actualización por RIPTE aplicable a las indemnizaciones de la ley de riesgos del trabajo, por lo que no corresponde aplicar la tasa de interés establecida en la sentencia de primera instancia.
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