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GALLO NORMA BEATRIZ c/ CENTRO GALLEGO DE BUENOS AIRES MUTUALIDAD CULTURA ACCION SOCIAL Y OTRO s/DESPIDO

La actora promovió demanda por despido contra el Centro Gallego de Buenos Aires Mutualidad Cultura Acción Social y la Fundación Galicia Saude. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó en lo sustancial la sentencia de primera instancia.

Dano moral Despido Transferencia de personal Honorarios perito Sancion art 43 ley 25 345 Legitimacion para apelar honorarios

Despido

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia que condenó sólo al Centro Gallego de Buenos Aires, eximiendo a la Fundación Galicia Saude. Se eleva el porcentaje de honorarios del perito contador al 6% del monto total diferido a condena.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Fundación Galicia Saude quedó exenta de responsabilidad por los hechos posteriores a la transferencia del personal al Centro Gallego de Buenos Aires.
- Fue razonable la atenuación de la sanción del art. 43 de la ley 25.345 por parte del juez de primera instancia.
- El daño moral fijado en 3 mejores retribuciones mensuales resulta equitativo.

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