MELFI, DIEGO JAVIER c/ OPTIMA S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó la sentencia y confirmó los rubros indemnizatorios, pero adecuó la tasa de interés aplicable.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Diego Javier Melfi
Demandado: Optima S.R.L., Ford Argentina S.C.A., Volkswagen Argentina S.A., Peugeot Citroen Argentina S.A.
Objeto: Indemnizaciones por despido, sanciones por falta de registración y diferencias salariales
Decisión:
- Se confirmó que hubo una interposición fraudulenta según el art. 29 LCT y que Melfi era empleado directo de Cibie Argentina S.A.
- Se confirmó que el contrato era por tiempo indeterminado, no a plazo fijo.
- Se confirmaron las sanciones del art. 45 Ley 25.345 y art. 1 Ley 25.323.
- Se modificó la tasa de interés aplicable, adoptando una adecuación por el CER más una tasa pura del 6% anual.
- Se rechazó la acción contra Ford Argentina, Volkswagen Argentina y Peugeot Citroen Argentina.
Fundamentos principales:
- La codemandada Optima S.R.L. no probó que las modalidades de la actividad justificaran un contrato a plazo fijo, por lo que correspondía calificarlo como de duración indeterminada.
- Se configuró un supuesto de interposición fraudulenta del art. 29 LCT, ya que el actor prestaba servicios exclusivamente para Cibie Argentina S.A.
- La tasa de interés debe mantener incólume el crédito laboral frente a la inflación, por lo que corresponde aplicar el CER más una tasa pura del 6% anual.
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