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DIAZ, ANGEL TADEO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo contra la ART. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y ordenó la actualización del crédito con aplicación de la tasa CER más una tasa pura.

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Accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia. Dispuso que los intereses se calculen desde la fecha de toma de conocimiento de las patologías por el actor, y que el crédito se actualice con aplicación de la tasa CER reglamentada por el BCRA más una tasa pura del 6% anual. Fundamentos principales:
- La mora en materia de responsabilidad por hechos ilícitos nocivos es automática, por lo que los intereses deben computarse desde la fecha de consolidación del daño.
- No corresponde aplicar las previsiones de los arts. 84 y 85 del DNyU n.° 70/23 que modificaron los arts. 276 y 277 de la LCT, pues su aplicación se encuentra precautoriamente suspendida.
- Corresponde disponer la adecuación de los créditos con aplicación de la tasa CER reglamentada por el BCRA con más una tasa pura del 6% anual desde la exigibilidad hasta el efectivo pago, con capitalización conforme al art. 770 inc. b) del CCyC.

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