ENRIQUEZ, HECTOR DARIO c/ PROVINCIA ART SA s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción por reparación sistémica y estableció los parámetros para el cálculo de intereses.
Accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
Se confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción por reparación sistémica. Se establecen los parámetros para el cálculo de intereses: tasa CER reglamentada por el BCRA más 6% anual, con única capitalización al momento de la notificación de la demanda sobre la tasa pura del 6% anual. La pericia médica determinó que el actor padece una incapacidad psicofísica del 43,78% ajustada al Baremo del Dec. 659/96 y Dec. 49/2014, concluyendo que es consecuencia del accidente laboral. El tribunal confirmó la valoración realizada por el juez de primera instancia. Respecto a los intereses, la Cámara desestimó el planteo de inconstitucionalidad sobre la capitalización del art. 770 inc. b) CCyCN, por entender que no se demostró perjuicio concreto. Aplicó la tasa CER más 6% anual, con una única capitalización al momento de la notificación de la demanda.
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