SANABRIA ARGUELLO, CLAUDELINA ANTONIA c/ MONTERO, ELENA AMADA
La actora apeló el fallo que revocó la resolución que la había tenido por no presentada. La Cámara declaró mal concedido el recurso de apelación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El presente caso se inició con una demanda de la actora contra la Sra. Montero Elena Amada en el Tribunal de Trabajo para el Personal de Casas Particulares. Dicho tribunal tuvo a las demandadas por no presentadas y no contestadas la demanda, continuando el trámite del proceso sin su intervención. Las demandadas apelaron esa resolución, y el juez de primera instancia (Juzgado N° 55) hizo lugar al planteo de apelación y revocó la resolución del Tribunal de Trabajo. La actora apeló el pronunciamiento de primera instancia que revocó la resolución que la había tenido por no presentada. La Cámara declara mal concedido el recurso de apelación interpuesto por la actora, en virtud de que, conforme el art. 56 de la ley 26.844, la Justicia Nacional del Trabajo ya no es competente para entender en las actuaciones, habiéndose agotado su jurisdicción de alzada sobre las resoluciones del Tribunal de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.
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