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ZALAZAR, EMANUEL CARLOS c/ JANITOR S.R.L. Y OTRO s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y reconoció una sanción específica a favor del trabajador por incumplimiento parcial en el pago de aportes a la seguridad social.

Inconstitucionalidad Despido Sancion Aportes a la seguridad social Art 132 bis lct Readecuacion de intereses


¿Quién es el actor?

Emanuel Carlos Zalazar

¿A quién se demanda?

Janitor S.R.L.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por despido indirecto

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, declarando la inconstitucionalidad de los parámetros del art. 132 bis LCT sobre la sanción por incumplimiento parcial de aportes a la seguridad social. En su lugar, fijó una sanción específica de $150.000. Además, readecuó el capital diferido a condena e impuso intereses de conformidad con los criterios establecidos por la Cámara. Fundamentos relevantes:
- La norma del art. 132 bis LCT puede interpretarse de modo tal que el pago parcial de aportes también encuadra en la conducta sancionada, pues implica que hubo una omisión (parcial) de ingreso.
- Ante la deficiente técnica legislativa de la norma, corresponde una interpretación sistemática que evite legitimar absurdas eximiciones de responsabilidad.
- Si bien se declara la inconstitucionalidad de los parámetros de la sanción, no corresponde dejar al empleador incumplidor impune, por lo que se fija una suma en concepto de sanción específica.
- Respecto a los intereses, se aplican los criterios recomendados por la CNAT en las actas 2783 y 2784, en línea con la jurisprudencia de la CSJN.

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