GONZALEZ, JONATHAN ARIEL c/ CUBALONSO COMBUSTIBLE S.R.L. Y OTRO s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido contra su empleadora y la empresa productora de combustibles. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó la sentencia y estableció pautas para el cálculo de intereses.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la condena solidaria a AXION ENERGY ARGENTINA S.A. en los términos del art. 30 LCT. Modificó la sentencia en lo relativo al cálculo de intereses, estableciendo que deben adecuarse con el CER más una tasa del 6% anual y, en caso de resultar desproporcionado, aplicar la facultad prevista en el art. 771 del Código Civil y Comercial, con un parámetro de actualización por el RIPTE más 7%. También dejó sin efecto los honorarios y los reguló de manera originaria.
Fundamentos relevantes:
- "...la prueba aportada en autos acreditó que el Sr. Gonzalez se desempeñó como operario en una estación de servicios, donde brindaba la venta de productos y servicios de dicha empresa a sus clientes (despachaba combustible, limpiaba la playa, manejaba el dinero que recaudaba en su turno, cerraba su caja todos los días, venta y cobro de combustibles líquidos en la playa de la estación de servicio)."
- "...las características propias del vínculo entre las codemandadas
- una productora y comercializadora de hidrocarburos, y la otra explotadora de la estación de servicio en la que dichos productos se comercializaban con exclusividad, llevan a la aplicación de la solidaridad dispuesta en la norma legal analizada."
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