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CURTO, RAUL PEDRO c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo que le produjo lesiones físicas y daño psicológico. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia y aumentó el monto indemnizatorio aplicando las pautas del decreto 669/19.

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Indemnización por accidente de trabajo que le produjo lesiones físicas (en tobillo y psicológicas)

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de grado y estableció un capital de condena de $7.567.592,67, con más intereses, aplicando las pautas del decreto 669/19 para el cálculo del ingreso base y los intereses. Confirmó la incapacidad psicofísica del 27,75% de la TO.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El reclamo por la lesión en el tobillo izquierdo es indemnizable, más allá de que no haya sido detallado con precisión, ya que se invocó el daño en la pierna y el perito médico determinó la incapacidad.
- El informe pericial psicológico está debidamente fundado y no fue eficazmente cuestionado por la demandada.
- Corresponde aplicar las pautas del decreto 669/19 para el cálculo del ingreso base y los intereses, por ser la normativa vigente al momento del accidente.

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