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CHEVEL, ANA MIRTA c/ INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS s/DESPIDO

La actora promovió demanda por despido indirecto. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia estableciendo una nueva fórmula de cálculo de intereses.

Intereses Inflacion Ius variandi Despido indirecto Creditos laborales Ejercicio abusivo Tasa cer


¿Quién es el actor?

Ana Mirta Chevel

¿A quién se demanda?

Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Despido indirecto

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó que el despido indirecto de la actora estuvo justificado por el ejercicio abusivo del ius variandi por parte de la demandada. Modificó la sentencia en cuanto a los accesorios, disponiendo que los créditos laborales se adecúen según la tasa CER más una tasa pura del 6% anual, con una única capitalización a la fecha de notificación de la demanda.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró que la demandada modificó unilateralmente y en forma peyorativa las condiciones esenciales del contrato de trabajo de la actora, lo que justificó el despido indirecto. Respecto a los accesorios, la Cámara los adecuó considerando la grave inflación y la necesidad de mantener incólume el valor del crédito laboral, en línea con la jurisprudencia de la Corte Suprema.

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