LABATE, MARIANA ELISA (PACTO DE CUOTA LITIS 10% HOMOLOGADO c/ LAN ARGENTINA S.A. s/DESPIDO
La actora promovió demanda por despido incausado contra la empresa. La Cámara de Apelaciones revocó la sentencia de primera instancia y declaró válido el acuerdo de mutuo acuerdo entre las partes, rechazando la demanda.
Despido incausado
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Apelaciones revocó la sentencia de primera instancia y declaró válido el acuerdo de mutuo acuerdo suscripto entre las partes, rechazando la demanda.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Cámara consideró que no se acreditó que la voluntad de la actora al momento de suscribir el acuerdo de mutuo acuerdo estuviera viciada. Los testimonios aportados no aportaron datos concretos sobre la situación particular de la actora.
- El acuerdo de mutuo acuerdo se instrumentó mediante escritura pública, cumpliendo los requisitos del art. 241 LCT, sin evidenciar que encubriera un despido incausado.
- La circunstancia de que se haya pactado un pago dinerario a la trabajadora no implica por sí solo que se trate de un despido encubierto, sino que podía tratarse de una ruptura pactada por mutua conveniencia.
- Declaró la validez del acuerdo de mutuo acuerdo y revocó la sentencia que había declarado la nulidad del mismo.
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