TRANFO, ALEJANDRO LEONEL (4C) c/ EXPERTA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El trabajador reclamó reconocimiento de incapacidad psíquica derivada de un accidente laboral, pero la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó el rechazo de su demanda.
Reconocimiento de incapacidad psíquica derivada de un accidente laboral.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el rechazo de la pretensión del trabajador.
Los fundamentos principales fueron:
- La perita médica reconoció una Reacción Vivencial Anormal Neurótica (RVAN) de grado I-II (5%) más un 2,5% por factores de ponderación, pero la Cámara consideró que no se acreditó el nexo causal entre el accidente y dicha afectación psíquica.
- Si bien los informes periciales deben ser considerados, la determinación de la relación de causalidad adecuada es facultad exclusiva de los jueces, quienes no lograron evidenciar que el tipo de siniestro padecido pudiera haber actuado como causa del cuadro psíquico invocado.
- La Cámara resaltó que el trabajador no denunció ninguna dolencia física adicional, más allá de la lesión ocular, por lo que no se advirtió cómo el accidente relatado pudo haber operado como causa del cuadro psicopatológico.
Voto en disidencia del Dr. Sudera en relación a la imposición de las costas de alzada.
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