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ACCOGLI, CARLOS ALBERTO c/ WORKTV S.R.L. Y OTRO s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido contra sus empleadoras. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, modificando el cálculo de intereses.

Intereses Responsabilidad solidaria Despido Articulo 30 lct Tasa cer

Despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda por despido. Respecto a Telecentro S.A., la Cámara confirmó su condena solidaria con Worktv S.R.L. con fundamento en el art. 30 LCT. En cuanto a los intereses, la Cámara modificó el criterio de cálculo, disponiendo la aplicación de la tasa CER más un 6% anual. Los principales fundamentos son:
- La apelación de Worktv S.R.L. no constituye una expresión de agravios válida, limitándose a reproducir argumentos ya considerados.
- Telecentro S.A. fue correctamente condenada en forma solidaria con Worktv S.R.L. por aplicación del art. 30 LCT, ya que las tareas del actor formaban parte de la actividad normal y específica de Telecentro S.A.
- Las tareas del actor no podían encuadrarse en el régimen especial de la construcción, correspondiendo la aplicación de la LCT.
- Respecto a los intereses, se adoptó el criterio establecido por la Cámara en el Acta N° 2783, que dispone la aplicación de la tasa CER más 6% anual.

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