REINOSO, DANIEL ALEJANDRO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente in itinere. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y redujo la indemnización al reconocer únicamente incapacidad física y no psíquica.
Accidente in itinere
¿Qué se resolvió?
- La Cámara confirmó el reconocimiento de la incapacidad física del 7% otorgada por el perito, pero detrajo la incapacidad psíquica del 7% reconocida en primera instancia.
- Argumentó que el daño psíquico no puede ser indemnizado cuando el daño físico verificado es exiguo, ya que debe existir una minusvalía de tal envergadura que amerite ponderar que la incapacidad le provoca un padecimiento en la psiquis del accidentado.
- Fijó la indemnización en $49.076,25 con intereses CER más 3% anual.
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