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GUTIERREZ MORALES, CESAR JAVIER c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y aplicó la tasa de interés prevista en la Ley 27.348.

Incapacidad psicofisica Tasa de interes Dano psicologico Accidente de trabajo Ley 27 348

Indemnización por accidente de trabajo sufrido el 23/11/2022

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia que reconoció una incapacidad del 38,07% (22,49% física, 9,78% psicológica y 5,8% por factores de ponderación), pero se modifica la tasa de interés aplicable, estableciendo que deberán aplicarse los intereses previstos en el art. 11 de la Ley 27.348 (tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del Banco de la Nación Argentina).

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Se acreditó que el actor sufrió un accidente de trabajo que le provocó lesiones físicas y psicológicas determinadas en la pericia médica.
- La afectación psíquica fue debidamente denunciada y acreditada, por lo que corresponde reconocerla.
- Sobre la tasa de interés, corresponde aplicar la prevista por la Ley 27.348 y no las Actas CNAT que fijaban una tasa diferente.

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