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AGUILERA, ANDRES ALEJANDRO c/ EXPERTA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El trabajador promovió demanda por incapacidad laboral derivada de un accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia, aplicando una tasa de interés diferente a la fijada en primera instancia.

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Resarcimiento por incapacidad laboral derivada de accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que reconoció al actor una incapacidad física del 51,48% y una incapacidad psíquica del 10%. Sin embargo, modificó la tasa de interés, estableciendo que los intereses se devenguen a la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina, con una capitalización al 15 de mayo de 2022. Además, aumentó los honorarios de la representación letrada de la parte actora. Fundamentos principales:
- La Cámara consideró que el informe médico pericial, que sirvió de base para establecer la incapacidad física y psíquica del actor, se encontraba debidamente fundado.
- Respecto a la aplicación de la tasa de interés, la Cámara entendió que correspondía aplicar una tasa que compensara la pérdida del valor adquisitivo del capital debido a la mora del deudor y a la grave inflación que afecta a la economía del país. Por ello, dispuso la aplicación de la tasa activa del Banco Nación con una única capitalización al momento de la notificación del recurso de apelación.
- En cuanto a los honorarios de la representación letrada de la parte actora, la Cámara consideró que los fijados en primera instancia resultaban bajos, por lo que los elevó.

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