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NUÑZ, ANDRES ERNESTO c/ EXPERTA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El trabajador promovió demanda por reconocimiento de incapacidad laboral derivada de un accidente de trabajo. La Cámara modificó la sentencia y aumentó el porcentaje de incapacidad reconocido, con las consecuentes prestaciones dinerarias.

Intereses Incapacidad laboral Incapacidad fisica Accidente de trabajo Incapacidad psiquica Actualizacion Decreto 669 2019

Reconocimiento de incapacidad laboral por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, reconociendo una incapacidad psicofísica del 20,76% sobre la base del informe pericial. Aplicó el Decreto 669/2019 para actualizar el monto indemnizatorio y estableció una tasa de interés del 6% anual.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara confirmó la determinación de la incapacidad física del 10,76% realizada por el perito médico, por considerar que sus conclusiones se encontraban debidamente fundadas.
- Respecto de la incapacidad psíquica del 10% determinada por el experto, la Cámara consideró que correspondía su reconocimiento, ya que la omisión del trabajador de denunciarla en la instancia administrativa previa no obsta a su consideración en sede judicial, al estar relacionada causalmente con el accidente.
- En relación a la actualización e intereses, la Cámara aplicó el Decreto 669/2019, por considerarlo un decreto delegado válido. Estableció una tasa de interés puro del 6% anual desde el accidente hasta la liquidación.

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