JIMENEZ, OSCAR CEFERINO c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Trabajador accidentado impugna monto indemnizatorio. La Cámara modifica la sentencia y ajusta el cálculo de la indemnización.
Accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, fijando el monto de condena en $ 814.506,80, que devengará intereses desde la fecha de la primera manifestación invalidante (17/02/2023), con una única capitalización al 16/08/2023. Confirma el resto de lo resuelto en primera instancia.
Los principales fundamentos de la decisión son:
- La incapacidad preexistente del actor era del 54,99%, por lo que la incapacidad adicional del 6,5% derivada del accidente no modifica su encuadre en el beneficio adicional del art. 11.4.a de la Ley 24.557. Por lo tanto, se desestima el agravio del actor.
- Respecto al cálculo de la indemnización, corresponde aplicar lo previsto en el art. 12 de la Ley 24.557 (texto según Ley 27.348), actualizando la base salarial con el índice RIPTE y devengando intereses desde la primera manifestación invalidante. No resulta aplicable el Decreto 669/19 por falta de circunstancias excepcionales.
- Se dispone una única capitalización de los intereses al 16/08/2023, siguiendo el criterio mayoritario de la Sala.
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