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VALDATTI, DIEGO RICARDO c/ PREVENCION ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor reclamó por incapacidad derivada de un accidente laboral. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y estableció que el capital de condena devengue intereses de acuerdo a la tasa activa del Banco Nación con única capitalización.

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Indemnización por incapacidad derivada de accidente laboral

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la incapacidad psicofísica del 23,76% fijada en primera instancia. Sin embargo, modificó la forma de actualización de la indemnización, estableciendo que el capital devengue intereses a la tasa activa del Banco Nación con única capitalización al momento de recepción del expediente en sede judicial, en lugar de aplicar el decreto 669/19 dispuesto en primera instancia. Los fundamentos principales fueron:
- La mera reiteración de argumentos de primera instancia no constituye un agravio válido.
- El informe pericial goza de presunción de idoneidad, por lo que no se justifica apartarse de sus conclusiones.
- La incapacidad debe valorarse considerando la aptitud obrera del trabajador en general, más allá de la tarea específica desarrollada.
- La ley 27.348 impone aplicar el interés establecido en el art. 12 de la Ley de Riesgos del Trabajo, sin que resulte procedente el decreto 669/19.

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