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CASARETTO, LUCIA MARIA c/ BANCO SANTANDER RIO S.A. Y OTROS s/DESPIDO

La actora promovió demanda por despido contra su empleador, el Banco Santander Río S.A. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y revocó la condena contra Adecco Argentina S.A. por considerar prescrita la acción.

Intereses Carga de la prueba Prescripcion Juicio laboral Despido Indemnizaciones Salarios Horas extras Intermediacion laboral

Actor: Lucía María Casaretto Demandado: Banco Santander Río S.A. y otros Objeto: Despido Decisión:
- Se revoca la condena contra Adecco Argentina S.A. por considerar prescrita la acción.
- Se confirma la sentencia en lo demás, con la salvedad de los intereses, que se ajustarán conforme lo dispuesto en el considerando VII.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El lugar de prestación de servicios es un elemento esencial del contrato de trabajo y no puede ser modificado unilateralmente por el empleador, sin consentimiento del trabajador. En el caso, el traslado de la trabajadora a una sucursal lejana de su domicilio afectó este elemento.
- La omisión del empleador de llevar el registro de horas extras previsto por ley genera la presunción de veracidad de las horas reclamadas.
- Procede la sanción del art. 2 de la Ley 25.323 cuando el trabajador se ve obligado a iniciar acciones judiciales para percibir las indemnizaciones por despido, aun en casos de despido indirecto.
- Los intereses se ajustarán de acuerdo a la doctrina sentada por la Corte Suprema en el precedente "Oliva".

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