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AYALA, JUAN RAMON (25216) c/ LIPSIA S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL

Trabajador demandó a la empresa por accidente laboral, pero Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó decisión de primera instancia y redujo honorarios del perito médico.

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Accidente
- Acción civil

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia. Dejó sin efecto el pronunciamiento sobre costas e impuso las costas a la parte actora. Confirmó las regulaciones de honorarios de las representaciones letradas y del perito técnico, pero redujo los honorarios del perito médico a $200.000.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- En cuanto a la imposición de costas, le asiste razón al apelante, en atención al resultado del litigio y las directivas dispuestas en el artículo 68 del C.P.C.C.N., por lo que deberán estar a cargo del actor.
- Respecto a los honorarios apelados, en atención a la importancia, mérito y extensión de las labores cumplidas por las representaciones letradas de las partes y del perito técnico, lucen razonables, por lo que deberán ser confirmados. Los honorarios del perito médico resultan elevados, por lo que deberán ser fijados en la suma de $200.000.
- Las costas de Alzada se imponen por el orden causado, atento a la índole de la cuestión debatida (artículo 68 in fine C.P.C.C.N.).

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