SALVATIERRA, CYNTHIA ROMINA c/ OBRA SOCIAL UNION PERSONAL DE LA UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION s/DESPIDO
La actora apeló el rechazo de su demanda por despido contra la obra social. La Cámara confirmó el rechazo del recurso por no superar el monto mínimo de apelabilidad, pero modificó la imposición de costas a favor de la actora.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró mal concedido el recurso de apelación interpuesto por la actora contra el rechazo en primera instancia de su demanda por despido, al no superar el monto mínimo de apelabilidad. Sin embargo, modificó la imposición de costas, dejándolas en el orden causado. Los jueces consideraron que, si bien el art. 68 CPCCN establece que las costas deben ser soportadas por la parte vencida, existen excepciones cuando hay mérito para ello, como cuando se litiga con "convicción fundada" sobre la existencia del derecho invocado. En este caso, atendiendo a la naturaleza de la cuestión debatida, correspondía dejar sin efecto la imposición de costas a la actora.
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