MOROSO, ANTONELLA SOFIA c/ PROVINCIA ART S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La Cámara Nacional de Apelaciones confirma que corresponde aplicar la Ley de Riesgos del Trabajo al personal de las Fuerzas Armadas ante un accidente laboral.
Prestaciones por accidente de trabajo sufrido mientras se desempeñaba en la Fuerza Aérea Argentina.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones confirma la sentencia de primera instancia que condenó al Estado Nacional (Fuerza Aérea Argentina) a pagar a la actora las prestaciones previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo por la incapacidad sufrida. Los jueces destacaron que la doctrina de la Corte Suprema que excluía la aplicación de las normas de responsabilidad civil general al personal de las fuerzas de seguridad ha sido superada. Indicaron que los beneficios previsionales no impiden el resarcimiento por la vía de la Ley de Riesgos del Trabajo, y que el accidente sufrido por la actora al bajar de un avión en el cumplimiento de tareas habituales no puede ser calificado como un "acto de servicio" que obste a dicha responsabilidad.
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