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RODRIGUEZ, HEBER LEONEL c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Trabajador reclama prestaciones por accidente de trabajo. La Cámara de Apelaciones modifica la sentencia y ordena ajustar el monto de la indemnización conforme el decreto 669/19.

Incapacidad Accidente de trabajo Ajuste por inflacion Decreto 669 19 Tasa ripte

Prestaciones por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Apelaciones modifica parcialmente la sentencia de primera instancia. Confirma la incapacidad del 38% reconocida al trabajador por el accidente de tránsito in itínere. Sin embargo, ordena que la suma indemnizatoria se ajuste mediante el método previsto en el decreto 669/19, el cual establece un interés equivalente a la variación de la tasa RIPTE desde la fecha del accidente hasta la fecha del cálculo. Mantiene la condena en costas y honorarios.
- Fundamentos relevantes:
- Los jueces deben otorgar presunción de razonabilidad a los dictámenes periciales salvo que se demuestre error o falsedad.
- Las disposiciones de la ley 27.348 sobre intereses no alcanzan a compensar la inflación, por lo que resulta más favorable aplicar el ajuste previsto en el decreto 669/19.
- El decreto 669/19 se encuentra amparado por la habilitación legal del art. 11 inc. 3 de la ley 24.557.

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