DI FEDERICO, DARIO ALEJANDRO c/ TELECOM ARGENTINA S.A. Y OTROS s/DESPIDO
Recursos de apelación interpuestos contra sentencia de primera instancia en juicio por despido son declarados mal concedidos al no superar el monto mínimo para su apelabilidad.
Juicio por despido
¿Qué se resolvió?
Se declaran mal concedidos los recursos de apelación interpuestos por las demandadas contra la sentencia de primera instancia, al no superar el monto mínimo establecido por ley para su apelabilidad. Se confirman los honorarios regulados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El art. 106 de la Ley Orgánica establece que serán inapelables las sentencias y resoluciones cuando el valor cuestionado no exceda de 300 veces el importe del derecho fijo previsto en la ley 23.187.
- En el presente caso, el monto de la sentencia de primera instancia no supera dicho umbral, por lo que corresponde declarar mal concedidos los recursos de apelación.
- Se confirman los honorarios regulados a los profesionales intervinientes por considerarse adecuados al mérito y extensión de las labores desarrolladas.
- Las costas de alzada se imponen en el orden causado.
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