BARZOLA RAMON MAXIMO c/ MAPFRE ARGENTINA ART SA s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La parte demandada apeló la sentencia que hizo lugar a la acción por reparación sistémica. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo del Trabajo modificó la sentencia y adecuó el sistema de cálculo de intereses aplicable.
Acción por reparación sistémica derivada de un accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia en cuanto al sistema de cálculo de intereses, reemplazando el previsto en el Acta CNAT 2764 por el del Acta CNAT 2783, que establece una tasa de interés conformada por el CER más una tasa pura del 6% anual, con una única capitalización al momento de la notificación de la demanda.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La aplicación del sistema de capitalización del Acta 2764 no conlleva una desmesurada consecuencia patrimonial sobre la aseguradora ni genera un enriquecimiento sin causa.
- La regulación del anatocismo en el art. 770 inc. b) CCyCN es constitucional, ya que establece excepciones a la prohibición general.
- La tasa de interés establecida debe reflejar el costo del dinero y mantener el valor de la indemnización, para compensar la privación del capital por la mora del deudor.
- Sin embargo, no se puede tornar más gravosa la situación del único apelante, respetando la prohibición de la reformatio in pejus.
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