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GHISO, JUAN JOSE c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL

La parte demandada recurrió la aplicación de la tasa de interés prevista en el Acta 2783/24 CNAT. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia.

Tasa de interes Capitalizacion de intereses Creditos laborales Pymes Capacidad economica de empresas

Accidente
- Acción civil

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, aplicando la tasa de interés prevista en el Acta 2783/24 CNAT, a pesar del voto disidente del Dr. Pose, quien consideraba que la capitalización anual de intereses era excesiva y podía afectar la capacidad económica de las empresas, especialmente las pymes. Los principales fundamentos fueron:
- El interés es un índice que refleja la rentabilidad del dinero y su costo, siendo habitual en el mundo moderno que su determinación esté sujeta a fluctuaciones del mercado.
- El Código Civil y Comercial regula los distintos tipos de intereses (compensatorios, moratorios, punitorios) y prevé la posibilidad de capitalización, si bien de manera excepcional.
- Si bien el voto disidente consideraba excesiva la capitalización anual, por razones de economía procesal y respeto a la posición mayoritaria de la Cámara, se debía aplicar el Acta 2783/24 CNAT, que establecía una capitalización anual conforme al art. 770 inc. b) CCCN.

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