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MARINOZZI, DELFINA SALOME c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La trabajadora demandó por incapacidad laboral derivada de un accidente in itinere. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia al aplicar el sistema de capitalización por única vez del art. 770 del Código Civil y Comercial.

Intereses Incapacidad laboral Accidente de trabajo Codigo civil y comercial Capitalizacion Ley 27 348

Incapacidad laboral derivada de accidente in itinere

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma la tasa de interés aplicable según la Ley 27.348, pero adiciona la capitalización por única vez al momento de la notificación de la demanda conforme al art. 770 inc. b del Código Civil y Comercial. Los principales fundamentos de la decisión son:
- La Ley 27.348 establece una tasa de interés específica que debe aplicarse, pero el art. 770 del CCyC permite corregir la distorsión y la pérdida de valor de la indemnización por la inflación y demora en el pago.
- Corresponde aplicar la capitalización por única vez a la fecha de notificación de la demanda, con la tasa activa del Banco Nación, hasta la efectiva cancelación.
- Se confirman los honorarios de la representación letrada de la actora.

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