ZARATE, DIEGO GUSTAVO c/ ADECCO ARGENTINA S.A. Y OTRO s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral confirmó en lo sustancial la sentencia de primera instancia y modificó la obligación de entrega de los certificados de trabajo.
Despido
¿Qué se resolvió?
- Se confirma que el despido fue indirecto e injustificado. Adecco Argentina S.A. y Hub Internacional S.A. son solidariamente responsables.
- Se confirma la procedencia de las indemnizaciones por despido y multas (arts. 2 ley 25.323, 8 y 15 ley 24.013).
- Se confirma el pago de diferencias salariales.
- Se modifica la obligación de entrega de los certificados de trabajo, que recae sobre la verdadera empleadora (Hub Internacional S.A.).
- Respecto a los intereses, se aplica la tasa CER más 6% anual, con una única capitalización al momento de la notificación de la demanda.
Fundamentos relevantes:
- Adecco Argentina S.A. no logró acreditar la eventualidad de las tareas del actor, por lo que correspondía aplicar el art. 29 LCT.
- La falta de registración del vínculo por la verdadera empleadora (Hub Internacional S.A.) torna aplicables las multas de los arts. 8 y 15 ley 24.013.
- La determinación de la capitalización anual dispuesta en el Acta CNAT 2764 fue dejada sin efecto, aplicándose los nuevos lineamientos del Acta CNAT 2783.
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