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DIAZ, GONZALO EZEQUIEL (19756) c/ ASEGURADORA DE RIESGOS DE TRABAJO INTERACCION S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo contra la ART. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción y ordenó al Fondo de Reserva de la LRT abonar los intereses y costas.

Intereses Costas Accidente de trabajo Doctrina plenaria Art Creditos laborales Suspension de intereses Fondo de reserva lrt


¿Quién es el actor?

Gonzalo Ezequiel Díaz

¿A quién se demanda?

Aseguradora de Riesgos del Trabajo Interacción S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda. Rechazó los argumentos del Fondo de Reserva de la LRT sobre la aplicación retroactiva del Decreto 1022/2017 y consideró que los créditos laborales están exceptuados de la suspensión de intereses en un proceso concursal, siguiendo la doctrina plenaria de la CNAT. Los principales fundamentos fueron:
- El Decreto 1022/2017 es posterior a la liquidación de la ART, por lo que resulta inaplicable.
- En los casos de concursos o quiebras, los créditos laborales están exceptuados de la suspensión de intereses prevista en la LCQ, por su carácter alimentario.
- Se adhiere a la doctrina plenaria que estableció la responsabilidad del Fondo de Reserva de la LRT por el pago de intereses y costas.
- El trabajador tiene derecho a percibir los intereses hasta el efectivo pago, ya que fallar en contrario implicaría la licuación de un crédito de naturaleza alimentaria.

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