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SILVA CENNAMO, JUAN CARLOS c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por un accidente de trabajo que le provocó una afección psíquica. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y aumentó el monto indemnizatorio por incapacidad psicofísica.

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Indemnización por accidente de trabajo que le provocó afección psíquica.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y elevó el monto indemnizatorio por incapacidad psicofísica al 18,74% de la total obrera, ascendiendo a $860.698,96, más un adicional del 20% por aplicación de la Ley 26.773. Además, ordenó la actualización de la indemnización desde la fecha del accidente (30/07/2019) y el pago de intereses.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

1) El informe pericial médico fundamentó adecuadamente la existencia de una reacción vivencial anormal neurótica con manifestaciones depresivas derivada del accidente, que genera una incapacidad psíquica del 10%. Por lo tanto, corresponde reconocer el daño psíquico reclamado. 2) En cuanto al cálculo de los factores de ponderación, se adoptó el criterio de la mayoría de la Sala, que es sumar los valores de cada factor (actividad, reubicación y edad) para determinar un porcentaje único. 3) Respecto a la actualización y liquidación, se aplicará el decreto 669/2019, actualizando el monto desde la fecha del accidente hasta el momento del pago, con un interés del 6% anual.

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